domingo, 4 de abril de 2010

LEY GENERAL DE EDUCACION

Entendemos la presente ley como un instrumento legal, dentro de una institución como la nuestra, donde centra sus artículos en la formación permanente del hombre en los ámbitos cultural, social y en donde se fundamenta la integridad de la persona humana como instancia de derecho a la educación y a sus manifestaciones como de los deberes de toda la comunidad educativa y el estado de derecho contemplados en los artículos 1, 5, 7, 8, 14, 77, 109, 110, 111, 114.

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